Bruselas retrasa la ley contra la deforestación que frena la venta de cacao, café o soja ligados a la destrucción de bosques
Las pymes tendrán un plazo extra hasta junio de 2027 y un sistema de declaración de origen simplificado.
La Unión Europea vuelve a mover el calendario de su reglamento para frenar la deforestación asociada al consumo europeo. Tras semanas de presión empresarial y advertencias de falta de preparación práctica, Consejo y Parlamento han cerrado un acuerdo político provisional para retrasar la aplicación del Reglamento de Productos Libres de Deforestación (EUDR) y, al mismo tiempo, introducir ajustes técnicos destinados a reducir burocracia y clarificar quién debe asumir las obligaciones documentales.
El cambio más visible es la fecha. La exigencia de cumplir plenamente con el EUDR se traslada, con carácter general, al 30 de diciembre de 2026. Y para las micro y pequeñas empresas se añade una prórroga adicional: dispondrán hasta el 30 de junio de 2027. Es el segundo gran aplazamiento desde que la norma quedó aprobada: la aplicación ya se había pospuesto un año en 2024, cuando debía empezar a operar a finales de ese ejercicio y se desplazó a diciembre de 2025. Ahora vuelve a correrse el umbral, en la práctica, a finales de 2026.
El trasfondo de la norma se mantiene intacto. El EUDR pretende cortar la entrada y salida del mercado europeo de materias primas y productos vinculados a la destrucción de bosques. El reglamento impone que ciertos bienes —desde cacao, café, soja o aceite de palma hasta madera, caucho y vacuno, además de múltiples derivados— solo puedan venderse en la UE o exportarse desde la UE si cumplen tres condiciones: que sean «libres de deforestación», que respeten la legalidad del país de producción y que vayan acompañados de un sistema de diligencia debida que permita trazar su origen. La referencia temporal tampoco cambia: el producto no puede proceder de terrenos deforestados o degradados después del 31 de diciembre de 2020.
La novedad está en cómo se aterriza esa arquitectura en el día a día de miles de operadores. El rediseño pactado busca una idea sencilla: concentrar la carga de declarar en la parte inicial de la cadena y evitar duplicidades posteriores. La declaración de diligencia debida, que se registra en el sistema europeo y sirve como «pasaporte» de cumplimiento, queda esencialmente vinculada al operador que pone el producto en el mercado por primera vez. A partir de ahí, la cadena «aguas abajo» se simplifica: el foco se desplaza desde volver a declarar hacia conservar, verificar y manejar el número de referencia de la declaración inicial.
Este punto es relevante porque una de las críticas más repetidas por importadores, traders y sectores transformadores era el riesgo de multiplicar obligaciones formales, especialmente en cadenas largas con múltiples intermediarios y reventas. El ajuste pretende evitar que la misma mercancía genere una cascada de declaraciones repetidas y, al mismo tiempo, mantener la trazabilidad a través del identificador único.
El paquete incluye, además, un carril específico para micro y pequeños operadores «primarios», el perfil que en la práctica suele coincidir con productores pequeños que comercializan productos de su propia cosecha o explotación. Para ellos se habilita un formato de declaración simplificado, pensado para reducir la fricción de entrada en el sistema. En la posición impulsada por los Estados miembros, la simplificación se acompaña de una medida particularmente sensible para el terreno: permitir, en determinados casos, que estos operadores puedan aportar la dirección postal de las parcelas o del establecimiento de producción como alternativa a la geolocalización. La intención es aligerar un requisito que, en muchos entornos rurales y en terceros países, se ha percibido como costoso, difícil de estandarizar o directamente inaccesible.
Otra pieza del debate ha sido el funcionamiento del sistema informático de la UE, crucial porque la diligencia debida no es un documento «en papel», sino un registro en una plataforma que debe estar disponible, ser estable y permitir interoperar con empresas, autoridades y controles. El acuerdo incorpora obligaciones de comunicación y seguimiento de incidencias: si hay interrupciones significativas del sistema, las autoridades deberán informar a la Comisión. La filosofía es evitar que un fallo técnico deje a operadores en una especie de limbo regulatorio, sin posibilidad material de cumplir.
La revisión también ajusta el perímetro del reglamento en un punto concreto: saca del ámbito del EUDR determinados productos impresos, como libros o periódicos. Es una decisión que busca alinear el esfuerzo regulatorio con el riesgo real, al considerar que el potencial de deforestación asociado a este tipo de artículos es limitado frente a otros flujos de materias primas más sensibles.
Además del aplazamiento y de la desburocratización, la UE introduce una suerte de «revisión de control» a corto plazo. La Comisión deberá presentar antes del 30 de abril de 2026 un informe centrado en impacto y carga administrativa, con especial atención a los operadores pequeños, y plantear si hacen falta más simplificaciones, ya sea mediante guías y mejoras del sistema o, si fuera necesario, con una nueva propuesta legislativa.
En el plano político, el expediente sigue tensionado por una paradoja: cuanto más ambiciosa es la trazabilidad, mayor es el coste de implementarla. Parte de la industria reclama seguridad jurídica, un calendario realista y reglas sencillas que no penalicen especialmente a los eslabones más pequeños. Al otro lado, organizaciones ambientales y sectores que ya han invertido en cumplimiento temen que encadenar aplazamientos erosione el «efecto palanca» de la norma y retrase beneficios ambientales que el reglamento pretende acelerar. El acuerdo provisional intenta caminar por esa línea fina: mantener intacto el objetivo de fondo, pero rebajar el riesgo de colapso administrativo en el arranque.
El texto aún debe completar el trámite formal en ambas instituciones para convertirse en ley. Pero el mensaje político ya está lanzado: Bruselas no renuncia al EUDR, aunque admite que no puede desplegarse sin margen y sin simplificar su operativa. Si el paquete se ratifica, la gran fecha ya no será diciembre de 2025, sino finales de 2026. Y, con ella, la UE trasladará el verdadero examen del mercado —controles, trazabilidad y diligencia debida— a un horizonte en el que el sistema, esta vez sí, tendrá que funcionar.
Fuente: El Economista.es